El lunes 17 de noviembre es un día de descanso obligatorio, debido a la conmemoración de la Revolución Mexicana. Por lo que los trabajadores podrán descansar con goce de sueldo y en caso de prestar sus servicios deberán recibir un pago extra, así lo señala la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Y es que a lo largo del año los trabajadores disfrutarán de varios días de asueto, entre ellos el 20 de noviembre que cada año se recorre al tercer lunes de este mes. Este día es independiente de las vacaciones por lo que si te toca trabajar deberás recibir un pago triple.
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¿Cuánto deben pagarte si trabajas el 17 de noviembre?
En caso de que seas una de las personas que trabajarán durante este 17 de noviembre, debes saber que el patrón deberá pagar un salario del día normal más uno doble; es decir, una compensación extra por los servicios prestados. Por ejemplo, si se recibe un salario diario de 278.80 pesos y se labora durante el día festivo, el empleado debe recibir un pago total de mil 259.64 pesos. Lo anterior, de acuerdo con lo establecido en el artículo 75 de dicha legislación:
"Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado".
En caso de que el empleador no quiera pagar lo marcado por la ley, se puede acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), que en Oaxaca se ubica al interior del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral en la Calle Violetas 401, Plaza Pabellón Violetas, colonia Reforma. También se brinda atención en el número telefónico 079.
¿Cuántos días de descanso obligatorio quedan en 2025, según la LFT?
Además del día feriado del 17 de noviembre, los trabajadores aún podrán disfrutar en 2025 de un descanso obligatorio que corresponderá al 25 de diciembre por Navidad. De ahí tendrán que esperar hasta el próximo año que tendrá los siguientes días de asueto:
- El 1 de enero
- El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero
- El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo
- El 1 de mayo
- El 16 de septiembre
- El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
- El 25 de diciembre