El Congreso de Oaxaca recientemente estableció que los menores de 12 años no podrán viajar como acompañantes a bordo de una motocicleta. Dicha medida que forma parte de la reforma a la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado, tiene como finalidad reducir el riesgo de accidentes, proteger la integridad de los jóvenes, así como fortalecer la seguridad vial.
Lo anterior, debido a que esta población no tiene la capacidad física ni psicológica para reaccionar en situaciones de riesgo mientras viajan en motocicletas, dijo el legislador Javier Casique Zárate, quien promovió la iniciativa aprobada por la LXVI Legislatura Constitucional del Estado con 32 votos.
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El legislador señaló, además, que los menores de 12 años son más susceptibles a sufrir lesiones leves o fatales, debido a su tamaño y desarrollo. Por lo que con la modificación al artículo 54, estas personas no podrán viajar como acompañantes a bordo de motos en las vías primarias, de acceso controlado, vías rápidas o en las autopistas urbanas.
De lo contrario, las personas podrán recibir sanciones que van desde amonestaciones; actividades de apoyo a la comunidad; multa de tres a 150 Unidades de Medida y Actualización (UMA), con un valor equivalente a 113.14 pesos diarios; suspensión temporal de la licencia impresa o digital de manejo; cancelación de la licencia; retención del vehículo y arresto.
Las sanciones señaladas en este artículo, se impondrán al responsable de la infracción, y/o al propietario del vehículo, independientemente de las sanciones civiles, penales o ambientales, a que haya lugar, dice la Ley en su artículo 93.
¿Qué más establece la reforma a la Ley de Tránsito y Vialidad de Oaxaca?
Como parte de la reforma a la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado, también se estableció el uso de cascos certificados para motociclistas, debido a que el aumento del uso de este vehículo en Oaxaca está acompañado de un incremento en los accidentes. Y es que la entidad se coloca entre los primeros lugares a nivel nacional en decesos, de acuerdo con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP).
De acuerdo con el documento, se establece el uso obligatorio de cascos certificados que cumplan con la Norma Oficial Mexicana NOM-206-SCFI/SSA2-2018, ya que su empleo puede disminuir significativamente la probabilidad de fallecimientos y la gravedad de las lesiones en caso de percances viales.
Asimismo, se amplía la protección a peatones vulnerables, para que la ciudadanía, agentes y policías viales ayuden en el cruce de calles a menores de 12 años, personas adultas mayores y con movilidad limitada.