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Profepa frena construcción de una presa en OAXACA por riesgo de desequilibrio ecológico 

La obra no contaba con la autorización en materia de impacto ambiental de la Semarnat y representaba un riesgo inminente de desequilibrio ecológico

LOCAL

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Créditos: Profepa

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) impuso la clausura temporal total del proyecto "Construcción de presa para captación de agua pluvial", en el municipio de Santa Catarina Minas, en el distrito de Ocotlán, Oaxaca.  

Lo anterior, debido a que no contaba con la autorización en materia de impacto ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y representaba un riesgo inminente de desequilibrio ecológico que afecta una superficie de cuatro mil 437 metros cuadrados, informó la Profepa este martes 10 de febrero de 2026.

Profepa clausura obras por afectar ecosistemas de alta importancia ambiental en Oaxaca

Clausura se realizó tras denuncia ciudadana

La autoridad explicó que la medida se realizó el pasado miércoles 4 de febrero, luego de una visita de inspección en atención a una denuncia ciudadana. Durante la diligencia, personal de la Profepa verificó la ejecución de obras en una superficie total de cuatro mil 437 metros cuadrados, correspondientes al proyecto a cargo del municipio oaxaqueño.

En esta se detectaron irregularidades como la apertura de una brecha de acceso de 790 metros lineales y un ancho promedio de tres metros, lo que equivale a una superficie de dos mil 370 metros cuadrados y donde se realizaron trabajos de desmonte y despalme de la vegetación natural.

Además, la Profepa constató la construcción de una obra hidráulica consistente en una presa de captación de agua pluvial que actualmente se encuentra en etapa de operación y mantenimiento.

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Obras se realizaron sin la autorización correspondiente

La autoridad señaló que tras la inspección, determinó imponer como medida de seguridad la clausura temporal total del sitio inspeccionado, debido a que las obras y actividades se realizaron sin la autorización correspondiente y están consideradas dentro de los supuestos establecidos en el artículo 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, así como en el artículo 5° de su Reglamento en materia de Evaluación del Impacto Ambiental.

"La Procuraduría inició el procedimiento administrativo correspondiente, el cual será sustanciado conforme a derecho para determinar las responsabilidades y las medidas que procedan", dijo la Profepa en un comunicado.


La Profepa destacó que la autorización en materia ambiental es un requisito indispensable  para prevenir daños a los ecosistemas y garantizar que las obras se desarrollen bajo criterios de sustentabilidad.

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