El Servicio de Administración Tributaria (SAT) llamó a las personas físicas en México a presentar la Declaración Anual 2025, un informe obligatorio en el que los contribuyentes reportan los ingresos, deducciones, retenciones y pagos correspondientes al año anterior. Si aún no sabes cuándo ni dónde hacerla, a continuación te compartimos toda la información que necesitas saber.
La presentación se realiza en el portal del SAT https://www.sat.gob.mx/minisitio/DeclaracionAnual/Personas/index.html a partir del 1 al 30 de abril de 2026 y es obligatorio para las personas que obtuvieron ingresos por las siguientes actividades:
¿Quiénes deben presentar la Declaración Anual?
- Si la totalidad de los ingresos anuales es superior a 400 mil pesos.
- Si la persona trabajó para un solo empleador y dejó de laborar antes del 31 de diciembre de 2025.
- Si obtuvo ingresos distintos de salarios.
- Si trabajó de manera simultánea para dos o más empleadores.
- Si los salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener el ISR.
- Si obtuvo ingresos adicionales por indemnización.
- Si los ingresos por jubilación o pensiones exceden el monto previsto en el artículo 93 fracción IV y V de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
- Cobro de rentas por algún bien inmueble (departamento, casa o local comercial).
- Si vendieron algún bien.
- Obtuvieron ingresos por actividades empresariales.
¿Cuáles son los requisitos para presentar la Declaración ante el SAT?
El SAT señaló que para presentar la Declaración Anual se necesita el RFC, contraseña o e.firma activa, así como el nombre del banco y la CLABE interbancaria si hay saldo a favor.
En caso de que a los contribuyentes se les determine impuesto a pagar, podrán cubrirlo hasta en seis parcialidades, siempre que presenten la declaración y realicen el pago del primer mes en abril de 2026, indicó el SAT. Además, agregó que para la aclaración de dudas u orientación las personas pueden comunicarse por los siguientes medios:
- MarcaSAT: 55 627 22 728, opción 2, subopción 0. La atención es de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 horas, excepto días hábiles, y virtual las 24 horas, siete días de la semana.
- Chat uno a uno en chat.sat.gob.mx
- OrientaSAT
- Oficina Virtual previa cita en: citas.sat.gob.mx
- Casos de aclaración a través del Portal del SAT