Los casos de los señores García y Reyes que permanecieron 17 años en prisión preventiva pusieron sobre la mesa la discusión que plantea la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para erradicar la prisión preventiva oficiosa, pero ¿qué es? y ¿por qué?
El ministro presidente de la SCJNG, Arturo Zaldívar, anunció que analizarían los asuntos relacionados con la prisión preventiva oficiosa donde discutirán si la figura es inconvencional. La discusión se desprende de la audiencia pública conocida como García Rodríguez y otro vs México. Este caso es sobre el uso de la prisión preventiva por más de 17 años.
El caso revela como en México es usada la prisión preventiva oficiosa para violar derechos humanos como la libertad personal, el debido proceso y la presunción de inocencia, algo que en el resto del mundo existe un consenso para no utilizarla.
¿Qué es la prisión preventiva oficiosa?
Para entender lo que se discute en la SCJN, hay que entender que la prisión preventiva y la prisión preventiva oficiosa no son lo mismo.
Primero, la prisión preventiva es una medida cautelar que dicta un juez o juzgado para garantizar que el imputado comparezca en el juico y garantizar la protección a víctimas, testigos o comunidad. En pocas palabras significa que el inculpado estará en prisión durante su proceso legal.
Sin embargo, la prisión preventiva oficiosa hace que de manera automática y obligatoria un detenido tenga que ser ingresado a prisión sin que necesariamente exista una justificación para ello. Basta con que se le vincule a proceso para que el juez este obligado a dictarle esta medida.
¿Por qué quieren erradicar a la prisión preventiva oficiosa?
Quizás podríamos pensar que la prisión preventiva oficiosa es una medida que garantiza que los criminales se queden en prisión, aunque, también termina privando de su libertad a personas cuyas faltas no lo ameritan o no han recibido condena.
En los países democráticos la prisión preventiva es una medida extraordinaria que solo es impuesta cuando hay riesgo de fuga o a la vida de la víctima. El resto de casos las personas pueden seguir su proceso en libertad hasta que reciben condena.
En México hasta junio de 2022, había 226 mil 916 personas en prisión, de las cuales 95 mil 595 (es decir casi la mitad) se encuentran en prisión preventiva, revela el Cuaderno Mensual de Información Estadística Penitenciaria Nacional.
De esta forma se pueden producir casos como el de los señores García y Reyes que estuvieron 17 años en la cárcel sin recibir una condena por su delito privándolos de su libertad personal y vulnerando sus derechos humanos.
¿Qué es lo que proponen?
El proyecto que se va a discutir en la SCJN en términos sencillos plantea que los jueces tengan que abrir el debate durante la audiencia para determinar si es o no necesaria la prisión preventiva en contra de los acusados aplicando los principios de subsidiariedad, excepcionalidad, idoneidad, necesidad y proporcionalidad.
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