Dicen por ahí que en esta vida hay dos cosas seguras, una de ellas es la muerte y la segunda es pagarle a hacienda y justo eso es lo que todos los días hacemos al comprar bienes y servicios desde que iniciamos una vida adulta y como contribuyentes a la hacienda pública, sin embargo, hay forma también de usar la miscelánea fiscal a nuestro favor, a través de la deducción de impuestos y la facturación de los mismos.
En este sentido, cada año, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dependiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) de la Federación nos obliga a realizar la declaración anual, que no es otra cosa que el reporte detallado de nuestros gastos y bienes con el fin de mantener en orden nuestras contribuciones con la hacienda pública.
Dicho trámite es obligatorio para personas físicas (contribuyentes individuales que pueden ser empleados o bien emprendedores) y personas morales (empresas), que a lo largo del año fiscal han tenido ingresos derivados de sus actividades.
En este 2023 se tiene previsto que la declaración anual para personas físicas está programada para el mes de abril, en dicho reporte tendrás que contemplar pagos de impuestos que hayas llevado a cabo durante el año, así como las deducciones derivadas de tus actividades profesionales, las que por ley tienes derecho a deducir.
Para saber que requisitos necesitas, dale clic en la siguiente liga
¿Quiénes presentan su declaración?
Los contribuyentes que están obligados a presentar la Declaración Anual son las personas físicas que hayan obtenido ingresos por los siguientes conceptos.
- Sueldos, salarios y asimilados
- Actividad empresarial y Servicios profesionales (Honorarios)
- Actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras
- Arrendamiento
- Enajenación de bienes
- Enajenación de acciones en bolsa de valores
- Adquisición de bienes
- Intereses
- Premios
- Dividendos
- Demás ingresos
- ISR REFIPRES
- RIF con Coeficiente de Utilidad
En la actualidad, el portal web del SAT tiene abierta la pestaña todavía para la declaración anual del año fiscal 2021 sin embargo, en poco tiempo se prevé que se habilite la opción para emitir la declaración correspondiente al ejercicio 2022.
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