PENSIÓN DEL BIENESTAR

¿Cómo podrías perder tu pensión del Bienestar?

La pensión es un apoyo social para adultos mayores y tiene sus candados de otorgamiento

NACIONAL

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La pensión es un beneficio para las personas adultas mayores en México Créditos: Cuartoscuro

En este 2023 entraron en operación las nuevas reglas de operación para la entrega de la Pensión de Bienestar, que otorga el gobierno federal como parte de los apoyos sociales constituidos en la ley para apoyar a grupos vulnerables.

Dichos apoyos benefician a millones de personas en todo el país, con una cantidad bimestral que sirve para paliar los gastos que usualmente tienen las personas adultas mayores que ya no cuentan con un trabajo fijo o que dependen de sus propias entradas de dinero.

Dentro de los cambios que se harán viables a partir de este año, destaca principalmente el aumento de la cantidad que percibirán los beneficiados, dicho aumento fue anunciado desde el año pasado por el presidente de la república, Andrés Manuel López Obrador con destino a las Secretarias de Hacienda y de Bienestar, para hacerse válidos a partir del primer bimestre del 2023.

El aumento pasó de 3 mil 850 pesos a 4 mil 800 pesos bimestrales. Además del apoyo, las personas de 65 años o más también tienen derecho a registrar a un adulto auxiliar que los apoye con sus trámites, recibir un trato digno sin ser discriminados, que se les ayude con el papeleo de la pensión sin costo alguno o condicionamiento, entre otros beneficios.

El aumento es beneficioso para los involucrados, sin embargo, también entraron en vigor las nuevas reglas de operación que abren la posibilidad de perder el apoyo en caso de no cumplir con los requisitos establecidos o intentar engañar a las autoridades con documentación apócrifa.

¿En qué casos podrías perder este beneficio?

Las razones por las que te pueden retirar o cancelar la entrega del apoyo, puede ser cualquiera de las siguientes:

En caso de presentar información falsa o documentos apócrifos para registrarse al programa ante las oficinas de la Secretaría del Bienestar.

Por cambio de residencia de manera temporal o permanente a otro país sin avisar a la oficina regional.

Cuando las autoridades correspondientes o el auxiliar notifiquen el fallecimiento del derechohabiente a través del acta de defunción.

En caso de que el adulto mayor esté suspendido del padrón de beneficiarios y no haya ido a aclarar su situación.  

Si se identifica que hay personas que ya están en la pensión, pero no cumplen con los criterios de elegibilidad (edad, residencia) y requisitos de acceso (documentación).

Cuando se confirme una duplicidad, aunque en este caso se suspenderá el registro que tenga mayor antigüedad y no perderá su apoyo.

Si el derechohabiente o el auxiliar solicitan la baja voluntaria, lo cual puede hacerse en cualquier momento del año ante la oficina regional.

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