El Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa le dio la razón al exsecretario ejecutivo del Instituto Nacional Electoral (INE), Edmundo Jacobo, y le dio una suspensión provisional que le permitirá ser restituido en su puesto. Este recurso legal va en contra del artículo transitorio 17 a la Ley Electoral que se incluyó en el llamado "Plan B", promovido por el presidente de la república, Andrés Manuel López Obrador.
Esta modificación a la norma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de marzo, indicaba que el funcionario debía ser removido de su cargo, el cual había ocupado por más de 14 años.
Por unanimidad, el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa revocó la resolución de Blanca Lobo Domínguez, jueza Décimo Segundo de Distrito en Materia Administrativa, quien rechazó conceder la medida cautelar a Edmundo Jacobo, por lo que la magistrada Carolina Alcalá Valenzuela propuso declarar fundado el recurso de queja interpuesto por el denunciante.
Mientras que los magistrados Sergio Urzúa y Edwin García Baeza coincidieron que, de no otorgarse la medida cautelar, Edmundo Jacobo podría sufrir daños irreparables.
Jacobo fue reelegido en 2020, por lo que antes de que se pusiera en vigor el cambio a la ley, se tenía previsto que cumpliera su mandato hasta febrero de 2026.
A la espera de la resolución
El tribunal determinó que los daños que sufriría el exfuncionario serían irreparables en caso de que se continuara con su despido, ya que no se está tomando en cuenta sus derechos al haber sido nombrado de forma oficial.
Esta resolución puede ser temporal, debido a que aún se lleva a cabo la revisión del proceso de impugnación en contra del "Plan B" en la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
El próximo lunes se determinará si Edmundo Jacobo obtiene una suspensión definitiva, la cual le permitiría continuar en el cargo de manera indefinida.
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