PARA TENER EN CUENTA

Nuevo Reglamento para Motos en CDMX 2023: Esto es lo que prohíbe y las multas por incumplir

La reforma al Reglamento de Transito entrará en vigor este mes con nuevas normativas para los "bikers".

NACIONAL

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Esto es lo que debes saber del Nuevo Reglamento para Motos en CDMX 2023.Créditos: Cuarto Oscuro

Los motociclistas que circulen por la Ciudad de México deberán estar atentos ya que a partir de este mes entrará en vigor el nuevo Reglamento para Motos en CDMX 2023. Si no quieres que te caiga una infracción por sorpresa aquí te decimos lo que prohíbe y las multas por incumplir.

El gobierno capitalino y la Secretaría de Movilidad (Semovi) indicaron que buscando “salvar vidas y proteger la integridad” de las personas realizaron la reforma al Reglamento de Transito estableciendo nuevas normativas las cuales entrarán en vigor el próximo 24 de septiembre del 2023.

¿Qué dice el nuevo Reglamento para Motos en CDMX 2023?

Entre las principales adhesiones al nuevo reglamento de motos en CDMX 2023 se encuentra que solo podrán viajar a bordo la cantidad de personas que señale la tarjeta de circulación, el uso obligatorio de casco y solo las personas mayores de edad podrán conducir una motocicleta.

Estos son todas las prohibiciones y multas del  Reglamento para Motos en CDMX 2023. FOTO: Cuarto Oscuro.
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En el Capítulo IV del Reglamento de Tránsito establece que los motociclistas deberán cumplir con los siguientes lineamientos de lo contrario se harán acreedores a multas y puntos en su licencia, tales como:

I. Utilizar un carril completo de circulación: el motociclista que incumpla será sancionado con una multa equivalente a 5, 7 o 10 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente y un punto a la licencia para conducir.

II. Adelantar otro vehículo sólo por el lado izquierdo: en caso de será sancionado con una multa equivalente a 5, 7 o 10 veces la UMA vigente y un punto a la licencia para conducir.

III. Respetar las reglas de preferencia de paso dando preferencia al peatón, vehículos no motorizados y de emergencia. En caso de no cumplir la multa es a 5, 7 o 10 veces la UMA vigente y un punto a la licencia para conducir.

¿Motos pueden circular sobre la banqueta?

El artículo 21 del Reglamento de Tránsito de la CDMX prohíbe a los conductores de motocicletas: circular sobre las aceras y áreas reservadas al uso exclusivo de peatones; salvo que el conductor ingrese a su domicilio o a un estacionamiento, debe desmontar;

En caso de incumplimiento a lo previsto en esta disposición, el motociclista será sancionado con una multa equivalente a 10, 15 o 20 veces la UMA vigente y un punto a la licencia para conducir.

Tampoco pueden crrcular por vías ciclistas exclusivas y la multa será equivalente a 20, 25 o 30 veces la UMA vigente y seis puntos a la licencia para conducir.

En caso de circular por los carriles confinados para el transporte público de pasajeros, la multa para motociclista será de 20, 25 o 30 veces la UMA y seis puntos a la licencia para conducir.

¿Las motos pueden flirtear en CDMX?

Sobre si las motos pueden flirtear (avanzar entre carriles del tránsito detenido) el nuevo Reglamento para Motos en CDMX 2023 establece que solamente cuando el tránsito vehicular se encuentre detenido y busque colocarse en el área de espera para motocicletas o en un lugar visible para reiniciar la marcha, sin invadir los pasos peatonales; de lo contrario la multa equivalente a 10, 15 o 20 la UMA vigente y un punto a la licencia para conducir.

Además, una moto puede circular por los carriles centrales de las vías de acceso controlado cuando utilicen vehículos menores a 250 centímetros cúbicos; en caso de incumplir la multa es 10, 15 o 20 veces la UMA vigente y tres puntos a la licencia para conducir.

También se prohíbe circular en las vías en las que exista señalización vial que expresamente restrinja su circulación y segundos niveles de vías de acceso controlado con una sanción de 10, 15 o 20 veces la UMA vigente y tres puntos a la licencia para conducir.

En caso de hacer maniobras riesgosas podrás recibir una multa y tres puntos en tu licencia. FOTO: Cuarto Oscuro.

Además, en caso de hacer maniobras riesgosas o temerarias, cortes de circulación o cambios abruptos de carril que pongan en riesgo su integridad y la de terceros la multa es 10, 15 o 20 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente y tres puntos a la licencia para conducir.

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