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¿Qué tipo de cascos están permitidos en el Nuevo Reglamento de Motos para la CDMX?

Estas serán las multas e infracciones por no llevar casco o por el uso incorrecto del mismo.

NACIONAL

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¿Qué tipo de cascos están permitidos en el Nuevo Reglamento de Motos para la CDMX? Créditos: Especial

El nuevo Reglamento de Motos para la CDMX traerá nuevas disposiciones que deberán atender los motociclistas para evitar multas, uno de ellos es el uso obligatorio de cascos, sin embargo, estos deberán cumplir con ciertas características. ¿Qué tipo de cascos estarán permitidos?

La Secretaría de Movilidad (Semovi) informó que a partir del domingo 24 de septiembre entra en vigor las reformas al Reglamento de Tránsito. Por su parte, Marí Batres, jefe de Gobierno, destacó que lo importante es “salvar vidas, proteger la integridad física de las personas y cuidar los bienes de las personas, incluso, cuidar las motocicletas”.

¿Qué cascos están permitidos en el Nuevo Reglamento de Motos para la CDMX?

Una de las disposiciones nuevas que establece es que el uso de casco protector es obligatorio, el cual debe contar con características especificas para los motociclistas y tanto el conductor como los pasajeros deberán portar uno que cumpla con ellas.

1.- El casco deberá contar con armazón con barrera rígida que aporta mayor protección.

2.- Tener relleno amortiguador de 3 a 4 centímetros de espesor para absorber impactos.

3.- También contar con relleno de confort que contribuye a que el casco se ajuste correctamente a la cabeza

4.- Además, de un sistema de retención que mantiene el casco en la cabeza durante una colisión, donde por acción de la inercia el mismo tiende a salirse de su lugar, que consta de correas, anclajes y mecanismo de cierre o abrochado.

5.- De igual manera el visor que garantice la correcta visibilidad y resistencia ante el impacto de objetos.

¿Qué tipo de cascos están permitidos en el Nuevo Reglamento de Motos para la CDMX? FOTO: Pixabay.

¿Cuál es la multa por no traer casco en la CDMX?

En caso de que un motociclista no lleve el casco puesto o este no cumpla con las caracterizas marcadas por el nuevo Reglamento de Motos para la CDMX la multa será de equivalente a 10, 15 o 20 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente, y tres puntos a la licencia para conducir, indica en el artículo 37.

Además, en el mismo apartado sugieren que preferentemente los motociclistas portar visores, chamarra o peto para protección con aditamentos rígidos para cobertura de hombros, codos y torso específicos para motociclista, guantes y botas, todos de diseño específico para conducción de este tipo de vehículo.

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