Motociclistas que circulen por la Ciudad de México deberán tener cuidado de las 5 prohibiciones que fueron añadidas con la entrada en vigor del nuevo Reglamento para Motos en CDMX de lo contrario podrían hacerse acreedores a multas y sanciones, ya que excusarse de no conocer la ley no te exime de su cumplimiento.
El Gobierno de la CDMX junto a la Secretaría de Movilidad (Semovi) anunciaron modificaciones al Reglamento de Tránsito que afectan principalmente a los “bikers”, quienes ya no podrán realizar prácticas que antes eran muy comunes de ver en calles de la capital.
¿Cuáles son las nuevas prohibiciones para motos en la CDMX?
Si tienes una motocicleta o motoneta y eres de las personas que viajaban con toda la familia, sin casco o incluso se las prestabas a menores de edad para que dieran la vuelta, atención con las siguientes prohibiciones si no quieres recibir una infracción.
1.- Los motociclistas no podrán llevar a más personas que señale la tarjeta de circulación, que en la mayoría de los casos se limita a dos.
2.- No se podrá transportar menores de 12 años a bordo de motocicletas.
3.- Queda prohibido viajar sin casco.
4.- Sólo personas mayores de edad podrán conducir motocicletas y portar licencia tipo A1, A2 o permanente.
5.- Las motos podrán contar con tarjeta de circulación en formato físico o digital.
¿Cuáles son las multas?
De acuerdo a las autoridades capitalinas estas medidas implementadas a partir del 24 de septiembre con el Reglamento para Motos buscan salvar vidas e incluso proteger el patrimonio de los conductores y de terceros.
Por eso, habrá multas a quienes incumplan, las cuales serán desde la remisión al depósito vehicular de las motocicletas de los infractores. Además, recibirán una multa equivalente a 20, 25, 30, 40 o 50 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente, que van desde los $2,074.80 a los $5,187 pesos y de tres a seis puntos a la licencia para conducir.
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