Hacer un testamento es una decisión pensando en el futuro para evitar dejar problemas y gastos extras a la hora de nuestra muerte, sin embargo, es importante comunicar a los herederos que hemos realizado este documento de lo contrario se podrían generar más inconvenientes. Por eso en este septiembre mes del testamento te decimos qué pasa si no reclamas una herencia en tres años.
El testamento es un documento legal que se tramita ante el notario público donde se manifiesta de manera voluntaria el destino que tendrán nuestros bienes (casa, carro, dinero, etc.) al momento de morir de esta manera se evita un juicio sucesorio intestamentario que genera más gastos y problemas en la familia.
¿Qué pasa si no reclamas la herencia de un testamento en tres años?
Sin embargo, es importante que al momento de realizar nuestro testamento se lo comuniquemos a nuestros familiares o personas cercanas para que al momento de que sean necesario se pueda acudir a la notaría o vía judicial para realizar la apertura del documento y la repartición de los bienes.
De lo contrario y luego de que hayan pasado tres años los bienes que no hayan sido reclamados pasarán a la Beneficencia Pública de acuerdo a lo que establece Código Civil vigente desde 1932, en sus artículos 1602, 1636 y 1637, donde se le concede facultades específicas para recibir, en ausencia de los herederos, bienes y recursos para destinarlos a los fines propios de la Institución.
"Tienen derecho a heredar por sucesión legítima: Los descendientes, cónyuges, ascendientes, parientes colaterales dentro del cuarto grado y la concubina o el concubinario, si se satisfacen en este caso los requisitos señalados por el artículo 1635. A falta de los anteriores, la beneficencia pública", indica el artículo 1602.
¿Cuándo los herederos pasan a ser dueños de los bienes de un testamento?
Ahora bien si piensas que al momento de que le cuentes a tu familia sobre que has realizado tu testamento y los bienes que herederas puede generarte problemas como que los herederos reclamen la propiedad de tus bienes debes saber que no pueden, ya que solamente obtendrán la propiedad al momento de que el testador muera.
Hasta ese momento el testador sigue siendo el dueño de los bienes que estén a su nombre y tiene plena libertad para venderlos, regalarlos o hacer cualquier operación con ellos mientras viva, además, de que puede modificar su testamento si así lo desea cambiar al heredero de sus riquezas.
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