Con un voto dividido, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) bateó en definitiva todos los amparos y medios de impugnación contra la elección judicial, por lo que ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) y al Senado continúen con el proceso para elegir a jueces, ministros y magistrados el primer domingo de junio de 2025.
“Es constitucionalmente inviable suspender la realización del procedimiento electoral de personas juzgadoras o de algunas de las etapas a cargo del Senado, del INE y de todas las autoridades competentes que participen en su organización y preparación”, resolvió el TEPJF.
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Votación dividida y advertencia a juzgadores
En sesión virtual, la magistrada presidenta del TEPJF, Mónica Soto Fregoso, así como los magistrados Felipe Fuentes y Felipe de la Mata votaron a favor de un proyecto que deja en claro que ninguna autoridad judicial cuenta con facultades para frenar una reforma constitucional, en este caso la reforma judicial para la elección de juzgadores, por lo que batean todos los amparos y medios de impugnación presentados contra ese proceso.
“Ninguna autoridad poder u órgano del Estado pueden suspender, limitar, condicionar o restringir las actividades relativas a las etapas del procedimiento electoral extraordinario 2024-2025 para le elección de cargos en el Poder Judicial de la Federación”, ahonda la resolución.
Además, se retiran las sanciones económicas contra consejeros del INE que habían hecho caso omiso a órdenes judiciales para frenar la reforma judicial.
El proyecto aprobado, elaborado por el magistrado Felipe Fuentes, incluso les manda varios mensajes a los jueces que han frenado la elección judicial, por ejemplo, que al ser una cuestión electoral, la Sala Superior del TEPJF es la única competente para resolver los juicios en materia de este proceso electivo.
Además, por tratarse de una elección, no opera ningún amparo que pueda frenar o inhibir los procesos o que pongan en riesgo las elecciones, además que los medios de impugnación no supondrán el freno del proceso electivo. Eso para que los ciudadanos tengan certidumbre para elegir libremente a los juzgadores.
"Las elecciones libres no pueden suspenderse. Las reformas constitucionales no son revisables, no se puede interrumpir definitivamente. Un proceso electoral no puede ser interrumpido por ninguna autoridad”, afirmó Fuentes Barrera.
Incluso, declaró que le corresponde al tribunal electoral dar certeza y seguridad a la sociedad respecto de la elección de las personas juzgadoras porque se trata de un derecho de la ciudadanía.
“No es posible detener la elección judicial. El INE, Senado de la República y demás autoridades involucradas deben continuar con el proceso electoral”, resaltó.
¿Quiénes votaron a favor y en contra en el TEPJF?
Mónica Soto Fregoso, magistrada presidenta del tribunal electoral, quien también se sumó a los votos de los magistrados Felipe de la Mata y Felipe Fuentes, resaltó “yo reitero que estoy a favor de esta propuesta del magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, convencida que estamos, por supuesto, actuando y resolviendo con estricto apego a nuestras competencias y responsabilidades. Contrario a lo que se ha manifestado aquí, de manera alguna considero que este tribunal esté excediendo sus funciones, pues justamente la esencia de la existencia de esta institución es atender los temas que tengan que ver con cualquier elección”.
Al respecto, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña enfatizó que no se puede pausar la organización del proceso electoral, ya que luego de que se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley de Supremacía Constitucional, esta dice que no se puede impugnar lo indicado en la Carta Magna.
“Resulta inviable que por la vía de acción suspensiva o cautelar se pretenda, a partir de informaciones que resultan improcedentes, suspender un proceso de elección previsto constitucionalmente cuyas etapas se encuentran estrictamente entrelazadas y cuya finalidad y objetivos se verían seriamente frustrados", comentó.
Los magistrados Janine Otálora y Reyes Rodríguez votaron en contra del proyecto, debido a que pidieron que la resolución de los juicios sea aplazada hasta que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se pronuncie sobre la solicitud planteada por un tribunal colegiado en la que existe un probable conflicto de competencia entre órganos del Poder Judicial de la Federación.
Con información de Fernanda García y Misael Zavala