El Fondo de Pensiones de Bienestar ya es oficial, la mañana de este miércoles 1 de mayo y en el marco del Día del Trabajo, el presidente Andrés Manuel López Obrador, firmó el decreto que salió publicado desde la tarde de ayer (30 de abril), en el Diario Oficial de la Federación a nivel nacional.
La Secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde, informó que inicia el camino para que a partir del 1 de julio de este año se comience a entregar la primera pensión ya con el complemento derivado del Fondo de Pensiones de Bienestar y se garantice el 100 % del salario del trabajador.
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El fondo de pensiones permitirá que a partir de esta fecha, los trabajadores que elijan jubilarse, puedan hacerlo conservando el 100 por ciento de su pensión, tasada en un máximo de 17 mil pesos al mes, que se cubrirá con los fondos que el pensionado tenga en su Afore y para alcanzar dicho monto, el fondo de bienestar cubrirá el faltante, si es que así se necesite, para que el trabajador pueda jubilarse con el salario promedio que se tiene actualmente en el Instituto Mexicano del Seguro Social.
El Fondo de Pensiones de Bienestar tendrá como propósito, recibir, administrar, invertir y entregar los recursos a los trabajadores que por ley tienen derecho a una pensión, a través de un esquema operado por la Secretaria de Hacienda en un fideicomiso en el que el Banco de México actuará como fiduciario.
Dicho fondo estará integrado por aquellas cuentas de Afore inactivas en los últimos diez años que no han sido reclamadas por sus dueños, y que se almacenan en bancos privados, mismos que tienen la obligación de regresar esos fondos al Instituto Mexicano del Seguro Social, sin embargo, eso no ocurre en su totalidad actualmente, y por esa razón, ahora los bancos deberán pasar esos recursos al Fondo de Pensiones de Bienestar para su administración y en caso de que el trabajador así lo desee, pedir que se le entregue su dinero, sin mayores problemas.
También se tiene estipulado que el fondo de pensiones, reciba más recursos a través de las ganancias que las obras de infraestructura que se construyeron en este sexenio obtengan, así como lo recuperado por el Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado.
¿Que sucederá con las Afores?
A partir de la publicación del decreto, los bancos y operadoras de Afores, deberán pasar sin necesidad de una orden judicial, todas las subcuentas de vivienda, cesantía en edad avanzada y vejez, todas las cuentas de los trabajadoras que cumplan 70 años, debiendo notificar de dicho traspaso al IMSS de forma inmediata.
Dicha medida no será aplicable para ningún trabajador que esté activo laboralmente y cuenten con una relación con el IMSS.
Para el caso de las y los trabajadores del Estado, el PENSIONISSSTE o las administradoras, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir dichos recursos al momento en que los trabajadores cumplan 75 años, sin necesidad de resolución judicial, al Fondo de Pensiones para el Bienestar.
Esto no será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el ISSSTE.