¡EVITA MULTAS!

La Guardia Nacional ya podrá aplicar multas en las carreteras federales: ¿A partir de cuándo y en qué consisten las sanciones?

El documento señala que a partir del 26 de mayo, los elementos de esta institución tendrán la facultad de realizar controles de tránsito y realizar amonestaciones verbales, así como infracciones económicas

NACIONAL

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Créditos: Carina García

Elementos de la Guardia Nacional (GN) ya podrá imponer multas de tránsito en carreteras federales, luego de un decreto firmado por la presidenta Claudia Sheinbaum y publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el lunes 25 de mayo de 2026. 

El documento modifica el Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal y establece a la Guardia Nacional "sancionar a las personas usuarias de las vías federales que infrinjan las disposiciones de este Reglamento".

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¿De cuánto serán las multas?

El decreto también menciona que a partir del 26 de mayo, los elementos de esta institución tendrán la facultad de realizar controles de tránsito y realizar amonestaciones verbales para advertir al conductor o pasajeros sobre el incumplimiento de las disposiciones. Mientras que cuando se cometa una falta grave que amerite una infracción económica, los elementos podrán llenar una boleta de infracción o multa.

Las multas a las que podrán ser acreedoras las personas que infrinjan el documento es de 40 a 50 veces la UMA (Unidad de Medida y Actualización), equivalente a cuatro mil 692 pesos y a cinco mil 865 pesos. También pagarán multa de 20 a 30 veces la cuota diaria, los conductores que transiten en vehículos en mal estado físico mecánico que no asegure su operación y desempeño.

"La contravención a lo establecido en los dispositivos para el control del tránsito y a las órdenes para el control del tránsito de las personas integrantes de la Guardia Nacional en las vías federales será sancionada mediante multa de 40 a 50 veces la cuota diaria que establece este Reglamento", se lee en el artículo 60 del reglamento.

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¿Qué otras saciones contempla el reglamento?

Mientras que el artículo 82 establece que los conductores que detecten una falla mecánica o la falta de combustible deberán hacer una parada o estacionar el vehículo en el acotamiento y orientar el automóvil en el sentido de la circulación, aplicar el freno de estacionamiento y hacer uso de señalamientos de advertencia. De lo contrario, podrán recibir una infracción con multa de 10 a 20 veces la cuota diaria.

Las multas podrán aplicarse a partir del 26 de mayo. Créditos: Especial

¿Cómo se aplicarán las sanciones?

El decreto meciona en su artículo 203 que los integrantes de la Guardia Nacional aplicarán las sanciones que deriven del incumplimiento a las disposiciones de este Reglamento, conforme al procedimiento siguiente:

"Una vez detenido el vehículo y por seguridad del conductor, acompañantes y pasajeros, instruirá a que estos permanezcan en el interior del vehículo y únicamente descenderán hasta que así lo indique la persona integrante de la Guardia Nacional;

Solicitará al conductor la entrega de la licencia para conducir y la tarjeta de circulación, así como, en su caso, la demás documentación inherente al servicio que preste, para su verificación y devolución al conductor, y

En caso de que proceda la multa, la persona integrante de la Guardia Nacional llenará la boleta de infracción, asentando con letra completamente legible la información que el formato requiera y fijará al infractor la sanción que corresponda".

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