Se acerca el momento de presentar la Declaración Anual 2024 y con ello siempre surgen muchas dudas en especial quienes están obligados a hacerla y quienes no. Bueno si tu eres maestra, empleado de mostrador, asistente, cajero, secretaria u obrero esto es lo que debes saber al respecto.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) señala que las personas que hayan sido contratadas por uno o varios empleadores, quienes asignen actividades durante su jornada laboral, reciban pago periódicamente y otros beneficios como son el aguinaldo, vacaciones y reparto de utilidades son asalariados.
Algunos ejemplos pueden ser los trabajadores del gobierno, miembros de las fuerzas armadas, miembros de sociedades cooperativas, de asociaciones civiles o si trabajas para personas físicas o morales siendo comerciante.
¿Si soy asalariado debo presentar mi Declaración Anual 2024?
Si tú tienes RFC y te encuentras inscrito al régimen de Sueldo y Salarios debes saber que no estás obligado a presentar tu Declaración Anual 2024 solamente si obtuviste ingresos exclusivamente por salarios, aunque hayan rebasado los 400 mil pesos y se haya emitido el CFDI de nómina por la totalidad de tus ingresos y no te resulte impuesto a cargo.
El SAT indica que “puedes elaborar tu declaración anual aun cuando no estés obligado a hacerla para restar tus deducciones personales y en su caso, obtengas un saldo a tu favor”, es decir recibir un dinerito extra.
Sin embargo, sí eres asalariado y trabajaste para más de dos patrones en el año, solicitaste por escrito que el patrón no presente tu Declaración Anual, o dejaste de prestar servicios antes del 31 de diciembre del año que se trate, si estás obligado a hacer la declaración y el pago de impuestos correspondientes.
¿Cuándo se hace la declaración anual 2024?
De acuerdo al SAT, las personas físicas deben presentar su Declaración Anual 2024 a partir del lunes 1 hasta el martes 30 de abril. Para ello deben ingresar al portal con su e-firma vigente y llenar el formulario correspondiente.
Mientras tanto, las personas morales tienen que presentar su declaración anual del ejercicio fiscal del año anterior durante el periodo que va del 1 al 31 de marzo del 2023, de lo contario podrían recibir sanciones por parte del SAT.
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